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Sobre el uso de extintores en fiestas

Tradicionalmente, las peñas han sido un elemento fundamental en las fiestas de los pueblos y ciudades, aglutinando a los ciudadanos, principalmente a la juventud, sirviendo de punto de encuentro y diversión, y colaborando en muchos casos activamente con los Ayuntamientos y comisiones de festejos en la organización de actos festivos.

Los ayuntamientos establecen ordenanzas o normas que son de aplicación en el término municipal a los locales, peñas y garitos que se establezcan con motivo de las fiestas patronales. La ordenanza establece qué tipo de locales están sujetos a esta normativa, las fechas de su apertura y cierre, que deben ajustarse al calendario oficial de las fiestas patronales.

Los interesados en abrir un local como sede de una peña o garito, deben solicitar previamente al Ayuntamiento una autorización para su apertura. Los locales, que necesariamente deben tener acceso directo a la vía pública, deben reunir buenas condiciones de habitabilidad y ventilación, disponer de luz eléctrica, aseos, agua corriente y extintor, quedando expresamente prohibido el almacenamiento y colocación de enseres o material que pueda producir riesgos.

Para evitar pequeños incendios y reducir los riesgos de incendio de forma notable, las normas suelen indicar que cada local o caseta cuente con al menos un extintor de polvo seco polivalente, de peso igual o superior a 6 kg de eficacia mínima 21A-113B, dotado de comprobador de presión, y en perfectas condiciones de mantenimiento y uso.

Se instalará un extintor por caseta de menos de 50 m2 de superficie, en las de superior superficie se colocará un extintor por cada 90 m2 o fracción.
Cerca de los mandos eléctricos, se suelen instalar un extintor de CO2.
Los extintores deben estar situados en lugar visible y de fácil acceso.
Las infracciones que se califiquen como graves, se sancionan con multa de entre 151 y 500 euros, decomiso del equipo musical u otros elementos causantes de la infracción y, en caso de reincidencia, clausura del local o peña por el tiempo que se determine, en función de la gravedad de los hechos.

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